El 15 de octubre de 2026 la CNMV anunció, en su sección de notas de prensa, el inicio de la consulta de un proyecto de Circular para ampliar el procedimiento de reclamaciones a las presentadas contra proveedores de servicios de criptoactivos y de financiación participativa. El anuncio figura junto al resto de comunicados del supervisor. El texto del proyecto y el plazo para alegar hay que leerlos en ese anuncio: este artículo no reproduce un borrador que no está citado aquí frase por frase.
Qué existe hoy, antes de que la Circular se apruebe
Las reclamaciones de inversores frente a empresas de servicios de inversión y otras entidades habilitadas siguen el cauce ya conocido: primero el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad y, después, el servicio de reclamaciones de la CNMV. La Orden ECC/2502/2012 ordena ese procedimiento para consumidores. No es un juicio y el informe de la CNMV no tiene la fuerza de una sentencia, aunque muchas entidades rectifican cuando el informe les es desfavorable.
- Sirve cuando la entidad está sujeta a la supervisión de conducta de la CNMV.
- No convierte en autorizado a un proveedor que opera sin licencia.
- Una consulta pública es un paso previo. Hasta que la norma se apruebe y se publique, el régimen aplicable es el vigente, no el del borrador.
Por qué interesa a quien usa un exchange
Con MiCA, los proveedores de servicios de criptoactivos autorizados quedan bajo supervisión. Extender el procedimiento de reclamaciones a ese sector, si la Circular llega a aprobarse en esos términos, daría un cauce extrajudicial parecido al de los brokers. Mientras tanto, comprueba si el proveedor está autorizado: exchanges y MiCA y cómo verificar la entidad.
Si el conflicto es con un broker ya registrado, prepara la reclamación con el servicio de atención al cliente y revisa los plazos. Si la plataforma no está autorizada, el camino principal sigue siendo documentar y denunciar. Una evaluación puede ayudarte a no mezclar ambos cauces.



